La larga película sobre la orden de detención y el ex President de la Generalitat ha dado un nuevo giro de guion con su aplicación por las autoridades judiciales italianas, que tras considerar la euroorden activa detuvieron al Sr. Puigdemont en Cerdeña, para después dejarlo en libertad. El embrollo de este nuevo episodio es de tal calibre que ayer mismo el juez instructor de la causa consideró oportuno enviar una nota aclaratoria acerca de la vigencia de la eurorden. Tres son las cuestiones a debate, la primera la relativa al alcance de la inmunidad; la segunda, que es probablemente la más compleja, la que concierne a la suspensión o no de la euroorden; la tercera, sobre la que aún no se ha realizado comentario alguno, la doble incriminación, esto es, si la conducta realizada por el Ex President, considerada por el TS como delito de sedición, constituye una conducta delictiva también en Italia.
Alexander von Humboldt-Kolleg 30 de septiembre - 2 de octubre de 2021 Universidad de Milán y vía Zoom
Resumo. El artículo coloca en un contexto dogmático amplio la importante jurisprudencia de la Corte Suprema chilena en materia de art. 318 del Código Penal (el tipo penal más usado y discutido en el marco de lo que podría denominarse el “combate penal chileno” a la pandemia de Covid-19). Tal jurisprudencia tuvo el indudable mérito de descartar la tipicidad de los supuestos de mera infracción al “toque de queda”, para lo cual se valió de las nociones de delito de peligro hipotético y delito de peligro abstracto-concreto. El artículo se detiene en aquellos conceptos, contrastándolos con las fuentes doctrinarias comparadas y nacionales (mirando especialmente al trabajo del creador del primer concepto, el español Ángel Torío). El trabajo se cierra examinando críticamente la tipicidad de las aglomeraciones no autorizadas, hipótesis cuya tipicidad bajo el art. 318 CP es explorada en obiter dicta por la aludida jurisprudencia.
Con la autorización del editorial Giuffrè Francis Lefebvre adelantamos los abstract en inglés de los trabajos publicados en el último número de la "Rivista italiana di diritto e procedura penale" (n. 1/2021)
Traducción en inglés
Sobre el alcance de la regla sobre “responsabilidad del superior” en el derecho penal chileno
L. 15 de enero de 2021, n. 4 (Ratificación y ejecución del Convenio núm.190 de la Organización Internacional del Trabajo sobre la eliminación de la violencia y el acoso en el lugar de trabajo, adoptado en Ginebra el 21 de junio de 2019 durante la 108a reunión de la Conferencia General de la misma Organización)