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ISSN 2611-8858

Temas

Comiso

El Reglamento de la Unión Europea sobre el reconocimiento mutuo de las resoluciones de embargo y decomiso está en vigor

Reglamento (UE) 2018/1805 del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de noviembre de 2018, vigente desde el 19 de diciembre de 2020

Los comisos y los secuestros en materia de delitos fiscales después del Derecho Fiscal n. 124 de 2019

El dereto ley n. 124/2019 modificó recientemente el decreto ley n. 74/2000, con el fin de aumentar su eficacia en la lucha contra la evasión fiscal, mediante la introducción de sanciones penales más severas. En particular, tanto la disposición del comiso ampliado (Art. 12 ter del Decreto Ley n. 74/2000) como la nueva responsabilidad directa de las personas jurídicas por el fraude fiscal cometido por sus representantes (Art. 25 quinquiesdecies del Decreto Ley n. 74/2000). Decreto no 231/2001, modificado por última vez por el Decreto Ley no 75/2020) aumentan las facultades de decomiso y congelación de los bienes que provengan de delitos fiscales. Así pues, es esencial garantizar que la lucha contra la evasión fiscal respete los derechos fundamentales y las exigencias de equidad y proporcionalidad, como exigen el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y el Tribunal Constitucional italiano

Reflexiones sobre la cuantificación del beneficio ilícito y la naturaleza jurídica del decomiso directo y por equivalente

El artículo aborda la naturaleza del comiso del producto, tanto "directo" como “por equivalencia”. Analizando la jurisprudencia penal italiana, el artículo trata de demostrar cómo la naturaleza del comiso depende de la determinación del valor del producto y de su consiguiente efecto de "empobrecimiento" o mera "restauración" del bien personal. Se concluye que el comiso tiene actualmente un carácter punitivo, pero no está sujeto a todas las garantías constitucionales que limitan las sanciones penales. En el artículo se investigan las posibles soluciones para superar esta "aporía", y se concluye que – dada la incompatibilidad del comiso con el principio de proporcionalidad y la individualización de la sanción – se podría dar al comiso un carácter meramente restaurativo, desde un punto de vista "centrado en el autor", reformando coherentemente las garantías constitucionales pertinentes y obteniendo numerosos efectos prácticos "in bonam partem"

Civil forfeiture y comiso de prevención italiano: ¿Es realmente posible una comparación?

El comiso de prevención italiano, regulado en los artículos 16 y siguientes del Decreto Legislativo n. 159 (conocido como “Código Antimafia”), es usualmente comparado con la institución del civil forfeiture estadounidense. No cabe duda de que existe un rasgo común entre ambas medidas, representado por el hecho de que ambas se dirigen contra el patrimonio de una persona sobre la base de que se ha cometido un delito, sin que sea necesaria la existencia de una sentencia condenatoria. Sin embargo, más allá de esta similitud el comiso de prevención y el civil forfeiture parecen ser instituciones profundamente diversas. En primer lugar, el ámbito de aplicación de ambas medidas no es idéntico, toda vez que los bienes contra los cuales se dirigen son distintos. Además, la naturaleza jurídica y el fundamento de ambas medidas también son distintos. La tesis que se desarrolla en el presente artículo es que la comparación entre el comiso de prevención italiano y el civil forfeiture estadounidense no es del todo apropiado, no produciendo, por tanto, resultados provechosos.